CUÁNDO DEBEN APLICARSE LAS NORMAS SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS A LOS TRATAMIENTOS DE IMÁGENES
El concepto de dato personal incluye las imágenes cuando se refieran a personas identificadas o identificables.
Por ello, los principios vigentes en materia de protección de datos personales deben aplicarse al uso de cámaras, videocámaras y a cualquier medio técnico análogo, que capte y/o registre
imágenes, ya sea con fines de vigilancia
u otros en los supuestos en que:
Para que se pueda utilizar un sistema de esta naturaleza no basta con que éste reúna los requisitos técnicos que lo permitan funcionar. Debe existir legitimación para ello. Esto ocurrirá cuando:
¿Qué derechos tenemos ante las cámaras en zonas públicas?
Las cámaras de videovigilancia se colocan en organismos públicos y empresas con fines de seguridad, pero pueden invadir la intimidad del ciudadano.
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